sábado, 17 de agosto de 2013

Desde el 30 de agosto se acaban las deudas infinitas


Desde el 30 de agosto entrará en vigencia la Circular N° B - 2206 – 2012 que establece la nueva metodología para el cálculo del pago mínimo de las líneas de tarjetas de crédito y otras modalidades de crédito revolvente, informó ayer la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).


El objetivo de la medida es acabar con las deudas infinitas que mantienen algunos clientes del sistema financiero.
La norma establece que el cálculo del pago mínimo deberá considerar que –por lo menos–, se amortice una porción del capital en la modalidad de crédito revolvente; y, que se realice el pago completo de la cuota del mes en el caso de que el usuario haya optado por esta modalidad. De esta forma, la SBS busca que se respete la decisión del cliente sobre el  número de cuotas en las que quiere cancelar su deuda, que pague el monto de intereses inicialmente acordado y que, tratándose de consumos revolventes, la deuda se pueda cancelar.

Actualmente el pago mínimo es una alternativa adicional al “pago de mes”, que permite amortizar solo una parte de la deuda, y como consecuencia de ello, genera una mayor carga de intereses y comisiones al cliente. Por esta razón, se recomienda no utilizarla como un método habitual de pago.

Fuente : La República 

No hay comentarios:

Publicar un comentario