Desde el 30 de agosto entrará en vigencia la Circular N° B - 2206 – 2012
que establece la nueva metodología para el cálculo del pago mínimo de
las líneas de tarjetas de crédito y otras modalidades de crédito
revolvente, informó ayer la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP
(SBS).
El objetivo de la medida es acabar con las deudas infinitas que mantienen algunos clientes del sistema financiero.
La norma establece que el cálculo del pago mínimo deberá considerar que
–por lo menos–, se amortice una porción del capital en la modalidad de
crédito revolvente; y, que se realice el pago completo de la cuota del
mes en el caso de que el usuario haya optado por esta modalidad. De esta
forma, la SBS busca que se respete la decisión del cliente sobre el
número de cuotas en las que quiere cancelar su deuda, que pague el monto
de intereses inicialmente acordado y que, tratándose de consumos
revolventes, la deuda se pueda cancelar.
Actualmente el pago mínimo es una alternativa adicional al “pago de
mes”, que permite amortizar solo una parte de la deuda, y como
consecuencia de ello, genera una mayor carga de intereses y comisiones
al cliente. Por esta razón, se recomienda no utilizarla como un método
habitual de pago.
Fuente : La República

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